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La Penitencia y la Reconciliación


El nombre de este Sacramento

Sacramento de la conversión 
- Sacramento del perdón
- Sacramento de la reconciliación
- El sacramento de la penitencia.

El pecado es, ante todo, ofensa a Dios, ruptura de la comunión con El. Al mismo tiempo, atenta contra la comunión con la Iglesia. Por eso la conversión implica a la vez el perdón de Dios y la reconciliación con la Iglesia, que es lo que expresa y realiza liturgicamente el Sacramento de la Penitencia y de la Reconciliación. 


¿Cuándo y cómo debo confesarme?


Ante todo ¿qué significa el sacramento de la confesión? 


El sacramento de la confesión (de la penitencia o de la reconciliación) es la celebración del amor misericordioso de Dios, que nos perdona los pecados por medio de Cristo muerto y resucitado, y quien, mediante el ministerio de la Iglesia, nos reconcilia con Dios y con los hermanos.

Confesarse significa, por tanto: 


– Ponerse a escuchar la Palabra de Dios y reconocer el propio pecado.

– Celebrar el amor misericordioso de Dios Padre, que:

· Perdona nuestros pecados, lavándolos con la sangre de su Hijo;

· Nos comunica su misma vida divina (gracia sacramental) ;

· Nos reconcilia con Él y entre nosotros, reconociendo nuestro vínculo de hermandad universal;

· Acoge y fecunda nuestro compromiso personal de continua conversión inaugurado en el Bautismo y que se acrecienta por las exigencias de la celebración eucarística;

· Abre nuestro corazón arrepentido al soplo del Espíritu Santo, que conduce a la justicia, la caridad, la libertad, la vida y la alegría.


 

¿Quién ha instituido este sacramento? 

Lo ha instituido Jesucristo en la noche de Pascua, cuando, mostrándose a sus discípulos, les dijo: “Recibid el Espíritu Santo; a quienes remitiereis los pecados le son remitidos; y a quien se los retuviereis, le son retenidos.” (Jn 20,22-23).

 

¿Por qué es necesario confesarse? 

Porque todo cristiano, después del bautismo, comente pecados.

 

¿Y el que dice que no tiene pecados? 

Es un mentiroso o es un ciego. “Si decimos que no tenemos pecados, nos engañamos a nosotros mismos y la verdad no está en nosotros” (1 Jn 1,8).

 

¿Cuándo se comete un pecado? 

– Cuando se desobedece a Dios, a su amor, a la ley que nos ha dado, mediante Cristo, para indicarnos el buen camino para nuestra felicidad plena y la perfecta realización de nuestro ser. “Cometí la maldad que aborreces” (Sal 51,6)

– Es Cristo, con su Palabra y con su muerte y resurrección, quien muestra plenamente al hombre su pecado y la gravedad del mismo.

 

¿En qué sentido el pecado ofende a dios?

– El pecado ofende a Dios en el sentido que:

· Hiere y destruye al hombre que Dios ha creado y que ama;

· Resquebraja o rompe el diálogo de Dios con el hombre;

· Es causa de la muerte de Cristo, Hijo amado del Padre;

· Rechaza su Palabra (Ley, enseñanzas…) que son el bien verdadero del hombre;

· Ofende a Dios no tanto en su honor, cuanto en su amor.


¿Todos los pecados son iguales?

Ciertamente no. Los pecados se diversifican por ejemplo en cuanto a la gravedad y a la tipología.

– En cuanto a su gravedad existen pecados mortales y pecados veniales.

– En cuanto a la tipología hay pecados:

· De pensamiento, palabra, obra y omisión.

· Contra Dios, contra el prójimo, contra nosotros mismos, contra la creación.

 

 ¿Cuándo se comete un pecado mortal? 

Para cometer un pecado mortal, deben darse contemporáneamente tres condiciones:

– Materia grave.

– Plena conciencia.

– Consentimiento deliberado.

 

 ¿Quién establece la materia grave?

Es Dios (y no nosotros o la gente…) que determina cual es la materia grave. Dios la indica de modo particular en los diez mandamientos y en las enseñanzas de Cristo, que la Iglesia continua proponiendo.

 

¿Cuándo se comete un pecado venial?

Cuando no existe materia grave, o bien, en caso de que haya materia grave, falta la plena conciencia o el consentimiento deliberado.

 

¿No basta con pedir perdón a dios por los propios pecados sin tener que confesarse? 

– Cada uno de nosotros puede y debe pedir perdón a Dios en todo momento, particularmente después de haber cometido un pecado mortal, antes de irse a dormir por la noche, o al inicio de la celebración de la Santa Misa.

– Pero Dios nos perdona algunos pecados (los pecados mortales) cuando nos acercamos arrepentidos al sacramento de la Confesión, querido e instituido por su Hijo Jesucristo. Por otra parte, siendo Dios el que perdona, Él tiene el derecho de indicarnos el modo a través del cual Él nos concede su perdón. Ciertamente el pecado no es perdonado si no hay arrepentimiento personal, pero en el orden actual de la Providencia, la remisión está subordinada al cumplimiento de la voluntad positiva de Cristo, que ha vinculado la remisión de los pecados al ministerio eclesial o, al menos, a la voluntad de recurrir a él lo más pronto posible, cuando no exista la posibilidad inmediata de la confesión sacramental.

 

 ¿Cada cuanto tiempo debemos confesarnos? 

– Debemos distinguir entre pecado mortal y pecado venial.

§ En el caso de un pecado mortal: debemos confesarnos inmediatamente después de haber cometido un pecado mortal, a fin de obtener inmediatamente el perdón y evitar el infierno en caso de muerte. Si no es posible confesarse inmediatamente por falta de un sacerdote, al menos se debe pedir perdón a Dios por el pecado cometido y buscar la confesión sacramental lo más pronto posible.
La confesión individual e íntegra y la absolución constituyen el único modo ordinario con el cual el fiel, consciente del pecado cometido, es reconciliado con Dios y con la Iglesia.

En el caso de los pecados veniales: si se tiene sólo pecados veniales, el tiempo que puede transcurrir entre una confesión y otra depende de la sensibilidad espiritual de cada quien.

Algunos santos se confesaban todos los días. ¡Y eran santos!
La Iglesia, como buena madre, indica en sus preceptos un mínimo: “Confesarse por lo menos una vez al año” Según la sugerencia de buenos Padres Espirituales, sería oportuno para un cristiano que no tiene pecados mortales, confesarse al menos una vez al mes, o a más tardar cada dos meses.

 

 ¿Es necesario confesarse antes de acercarse a la comunión?

Quien es consciente de haber cometido un pecado mortal debe confesarse antes de comulgar. Si se han cometido sólo pecados veniales, entonces se puede acercar a la Comunión después de haber pedido perdón al Señor al inicio de la Misa (cf. Rito penitencial). Es también aconsejable confesar con frecuencia los pecados veniales.


 ¿Por qué es aconsejable la confesión de los pecados veniales? 

– Es oportuna la búsqueda, humilde y llena de confianza, del sacramento de la Penitencia, ya que en este sacramento:

· Hace crecer en gracia;

· Afianza las virtudes;

· Ayuda a disminuir las tendencias negativas heredadas del pecado original y agravadas por los pecados personales;

· Forma un conciencia recta;

· Ofrece el don de la serenidad y de la paz, per el hecho mismo que aumenta la Gracia.

 

 ¿Cómo confesarnos?

– Ante todo se prepara la celebración del sacramento con momentos de oración.

– Después es necesario hacer un examen de conciencia, confrontándonos con el ejemplo y las palabras de Cristo. Es conveniente leer un pasaje de la Sagrada Escritura.

– A la luz de todo lo que Dios ha hecho por nosotros, se reconocen los propios pecados, pidiendo perdón a Dios y comprometiéndose a “cambiar de vida”.

– Nos acercamos después al sacerdote (diciendo, en primer lugar, el tiempo que ha transcurrido desde nuestra última confesión y concluyendo que se tienen la intención de confesarse también por los pecados que no se recuerda y aquellos del pasado):

· Se confiesan los propios pecados;

· Se escuchan las palabras del sacerdote;

· Se acepta la penitencia que es impuesta;

· Se manifiesta el propio arrepentimiento, motivado sobre todo por el amor a Dios;

· Se recita el acto de contrición (u otra fórmula semejante).

· Se recibe con fe la absolución: “Yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo”.

– Se agradece al Señor del don sacramental recibido, renovando el propio compromiso de conversión.

 

 ¿Basta con una confesión general de los propios pecados? 

– No, no basta. Se rechaza cualquier uso que limite este sacramento a una confesión general (Por ejemplo, decir: “Padre, pequé, deme la absolución…”) o a decir sólo los pecados considerados más significativos.

– El cristiano está obligado a confesar, según la especie y el número, todos los pecados cometidos después del Bautismo y no confesados todavía, de los cuales se tenga conciencia después de un buen examen.

 

 ¿Cómo se hace un buen examen de conciencia?

– Dejándose iluminar de la Palabra de Dios (la Biblia). De hecho, es la Palabra de Dios que:

· Revela el pecado;

· Invita a la conversión;

· Exhorta al bien;

· Anima a actuar imitando a Cristo;

· Anuncia la misericordia de Dios que lava el pecado del hombre con la Sangre de Cristo y da la gracia del Espíritu Santo que santifica al hombre.

 

¿Es posible confesarse durante la misa? 

– Sí, es posible, pero no es aconsejable, ya que no pueden celebrarse bien dos sacramentos al mismo tiempo. Es mejor confesarse antes de la Misa o buscar otro momento durante la semana. La celebración de la Confesión da lugar a la superposición que termina por dañar estos dos eventos de salvación, fundamentales para la vida cristiana y, por tanto, necesitados cada uno de un tempo específico para su celebración.

– Por tanto, se aconseja a los fieles de acercarse al Sacramento de la Penitencia fuera de la Celebración de la Misa, y elegir un momento de tranquilidad para sí mismo y para el sacerdote confesor, en modo de poder celebrar dignamente este sacramento.

 

 ¿Está siempre obligado el confesor a guardar el secreto? 

Ciertamente, el confesor está obligado a guardar siempre el secreto de confesión, sin ninguna excepción, y bajo penas muy severas. Él confesor debe mantener el secreto absoluto de los pecados confesados de los penitentes, aún cuando eso le cueste la vida.

 

 ¿Qué relación existe entre la celebración del sacramento de la confesión y la vida cotidiana? 

La celebración del rito sacramental de la penitencia está fuertemente vinculada a la vida cotidiana. Confesándose, se adquiere el compromiso ante la comunidad y ante Dios, de volver a caminar por la opción cristiana fundamental, de llevar a cabo todo aquello que Cristo ha propuesto como camino para la verdadera y definitiva liberación del hombre, para la plena y jubilosa comunión con Dios y con los hombres.
“Ya habéis sido lavados, ya habéis sido santificados, ya habéis sido justificados en el nombre del Señor Jesucristo y por el Espíritu de nuestro Dios” (1 Cor. 6,11). Por tanto caminad en la vida nueva.
“Esta es la voluntad de Dios, vuestra santificación” (1 Tes. 4,3).

Etapas de la Confesión

 

La penitencia consta de cinco etapas:

1- Examen de conciencia

2- Acto de contrición  

3- Confesión auricular al sacerdote

4- La Penitencia (Acto de Satisfacción)

5- La Absolución

Arrepentimiento y contrición

Es tener la intención de no volver a cometer los pecados que se van a confesar (es decir, tener el propósito de enmienda), en atención a la justicia y la misericordia de Dios. El arrepentimiento busca sentir interiormente la culpa por los pecados cometidos, aunque el sentimiento —que es involuntario— en sí no es necesario para hacer una buena confesión; nada más la voluntad —que es libre— es requerida. El arrepentimiento conlleva el deseo de reparar el daño hecho por los pecados cometidos.



Se llama contrición al arrepentimiento nacido del puro amor a Dios; cuando el arrepentimiento proviene más bien del miedo a la condenación eterna, se llama atrición. Ambos tipos de arrepentimiento son válidos para recibir este sacramento.

 

Confesión

La fase de la confesión consiste en la enumeración verbal de todos los pecados mortales y veniales a un sacerdote con facultad de absolver. Los sacerdotes están obligados a guardar en secreto los pecados confesados durante esta fase, lo que se conoce como sigilo sacramental o secreto de arcano. Un sacerdote jamás, bajo ninguna circunstancia, puede romper este secreto. El Código de Derecho Canónico indica que de ser violado, el sacerdote queda automáticamente excomulgado.

La confesión debe ser completa, es decir, debe especificar todos los pecados en tipo y número, así como las circunstancias que modifiquen la naturaleza del pecado mismo (por ejemplo, no se considera el mismo tipo de pecado mentir a una persona cualquiera que mentir a alguien que tenga autoridad sobre la persona). Ocultar conscientemente un pecado mortal invalida la confesión.

Para que el sacramento de la Penitencia sea válido, el penitente debe confesar todos los pecados mortales. Si el penitente calla voluntaria y conscientemente algún pecado mortal, la confesión no es válida y el penitente comete sacrilegio.  Una persona que ha ocultado a sabiendas un pecado mortal debe confesar el pecado que ha ocultado, mencionar los sacramentos que ha recibido desde ese momento y confesar todos los pecados mortales que ha cometido desde su última buena confesión. Si el penitente se olvida de confesar un pecado mortal durante la Confesión, el sacramento es válido y sus pecados son perdonados, pero debe contar el pecado mortal en la próxima Confesión si nuevamente le viene a la mente.

Satisfacción

La satisfacción, también llamada penitencia, es una acción indicada por el sacerdote y llevada a cabo por el penitente como reparación por sus pecados.

 

Absolución

El sacerdote con facultad de absolver, después de haber indicado la penitencia, y haber dado consejos apropiados si le pareciera oportuno o si el penitente mismo lo pide, da la absolución con esta fórmula:


Dios Padre misericordioso, que reconcilió consigo el mundo por la muerte y la resurrección de su hijo y derramó el Espíritu Santo para la remisión de los pecados, te conceda por el ministerio de la Iglesia, el perdón y la paz. Y yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo (Cf. Catecismo de la Iglesia Católica n. 1449). 

El penitente responde «Amén».




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